Micelio
Auto8 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Fernando Aurelio Acevedo Marin

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento Sentencia De Constitucionalidad
  • Circunstancias donde la Corte no tiene competencia para verificar cumplimiento
  • Rechazar por improcedente
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento de la Sentencia C-750/08.

Luego de reiterar que la Corporación no tiene competencia para verificar el cumplimiento de sentencias de constitucionalidad, se RECHAZA por improcedente, la petición formulada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de cumplimiento de la Sentencia C-750 de 2008, presentada por el ciudadano Fernando Aurelio Acevedo Marín.
  2. Segundo. Por Secretaría General, INFORMAR al solicitante de esta decisión.
  3. Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.